22 octubre 2010
Reunión de UNAD y la Federación Fonga de Argentina para reactivar el acuerdo de colaboración
El presidente de FONGA, Rubén González, se entrevistó en Madrid con el presidente de UNAD, Luciano Poyato, y con parte del Equipo Técnico, con el fin de analizar las posibilidades de colaboración. UNAD y FONGA, una Asociación Civil sin Fines de Lucro de Argentina que agrupa a 65 ONG, firmaron en el año 2008 un acuerdo que pretenden potenciar la colaboración técnica, científica, tecnológica, cultural y económica en el campo de la Prevención y Asistencia de las Adicciones
El presidente de UNAD, Luciano Poyato, el presidente de FONGA, José Rubén González, y algunos componentes del Equipo Técnico de UNAD analizaron en la reunión la situación del consumo de drogas en España y Argentina, los efectos de la crisis en las ONG, y las dificultades del ámbito de las drogas en la cooperación para el desarrollo.
El presidente de UNAD, Luciano Poyato, y el presidente de FONGA, José Rubén González, firmaron en el año 2008, en el marco de X Seminario Iberoamericano sobre Drogas y Cooperación, un acuerdo de colaboración para desarrollar actuaciones conjuntas de cooperación al desarrollo.
El documento firmado en presencia de los cien asistentes al seminario, recoge los objetivos siguientes:
- Realizar proyectos conjuntos que apunten a la capacitación de recursos humanos en el campo de la prevención y asistencia de las adicciones
- Realizar proyectos de intercambio y capacitación en el campo del desarrollo de Programas de Calidad
- Promover el desarrollo de investigaciones en todos los temas relacionados con las drogodependencias
- Promover el desarrollo de proyectos conjuntos de Cooperación Internacional
- Facilitar el intercambio de publicaciones y de información sobre la actividad de ambas instituciones
- Facilitar el intercambio y los proyectos entre las entidades miembros de las dos organizaciones
La duración de este Convenio se considera indefinida, por lo que estará vigente mientras cualquiera las partes suscribientes no proceda a su denuncia formal, que habrá de ser notificada fehacientemente a las otras con una antelación mínima de tres meses a la fecha prevista de rescisión del mismo